La Dirección General de Tributos ha publicado la Consulta Vinculante V1345-25, en la que analiza la sujeción al IVA o no, en la remuneración que percibe el administrador de una sociedad, donde a su vez realiza funciones de director general.
Apoyándose en la sentencia del TJUE de fecha 21 de diciembre de 2023, la Dirección General de Tributos, considera que los miembros del consejo de administración no asumen obligaciones personales en relación con las deudas de la sociedad, por lo que no soporta el riesgo económico ligado a su propia actividad, sino que es la sociedad la asume las consecuencias negativas de las decisiones del administrador.
Junto con la presunta falta de asunción de riesgo por parte del administrador, la Dirección General de Tributos considera que también hay una falta de independencia del administrador respecto de la sociedad, que concluye en la no sujeción a IVA de los rendimientos que percibide el administrador o miembro del consejo de administración, en el desarrollo de estas funciones.
No obstante, la Dirección General de Tributos, si considera que los servicios relativos a la dirección de una entidad que son prestados con carácter independiente, ajenos a una relación laboral, sí estarán sujetos a IVA y no exentos.
Lo relevante de la anterior Consulta Vinculante es que, la Dirección General de Tributos entiende que, el administrador no corre riesgo personal por las deudas de la sociedad.
Lo anterior, resulta contradictorio con la realidad de la Agencia Tributaria actual, en la que han proliferado las derivaciones de responsabilidad subsidiaria del artículo 43.1 b) de la Ley General Tributaria, a los administradores por su mera condición como de administradores, respondiendo en última instancia con sus bienes personales, de las deudas devengadas por las sociedades en los ejercicios en los que eran administradores de estas entidades.
Entendemos que el criterio de la Dirección General de Tributos es un criterio a priori teórico pero alejado de la realidad fáctica del día a día de muchos administradores o miembros del consejo, a los que se les deriva las deudas de las sociedades en las que ejercen sus funciones de administración.
ABR Jurídico
Departamento Tributario
